LES DAMOS LA BIENVENIDA AL CURSO DE TÉCNICA PERSONAS Y BIENES A CARGO DE LA ESC. ANA MARÍA LEDESMA CORRESPONDIENTE AL AÑO 2024. LAS CLASES SON DE LUNES A JUEVES DE 10 A 12. COMIENZAN EL LUNES 5 de agosto. CULMINAN el 28 de noviembre.
Carga horaria: 120
Créditos: 14 Créditos
EQUIPO DOCENTE:
ESC. ANA MARÍA LEDESMA (Titular)
ESC. YENNY DE BERNARDI (asistente)
ESC. CLAUDIA LÓPEZ CAZARRÉ (asistente)
La unidad curricular Personas y Bienes en la carrera Notariado, es una materia que refiere a la aplicación práctica de lo estudiado por el alumno en diferentes áreas: Derecho Privado en su totalidad (excepto derecho comercial), Derecho Notarial, Derecho Registral y Derecho Tributario.
CONTENIDOS: I)Actuación notarial en derecho de familia; II) Regímenes matrimoniales y Sociedad Conyugal: III) Bienes Inmuebles: Confección del proceso Dominial: Constitución de Derecho de Usufructo; Reglamento de Copropiedad. IV) Derecho Sucesorio: Testamento¨entrega de Legado, Repudiación de Herencia¨Partición. V) Extinción de Obligaciones.
OBJETIVOS: Brindar al estudiante los instrumentos jurídicos que lo habiliten a redactar instrumentos pùblicos en forma válida y eficaz, repasando la legislación aplicable, de forma tal que aprenda a manejar con seguridad el uso de los conocimientos jurídicos adquiridos en las materias teóricas, para su aplicación al campo laboral.
Para lograr los objetivos del curso es fundamental la asistencia a clase en forma regular, la que se controlará diariamente con el pasaje de lista, la confección obligatoria de los trabajos domiciliarios (externos), la participación oral en las clases, el estudio en profundidad y la realización de las pruebas internas obligatorias.
Tratándose de un curso práctico se utilizarán técnicas pedagógicas que promuevan la interacción de los estudiantes. Se formarán grupos de trabajo para la confección de los trabajos domiciliarios, de modo de intercambio de conocimientos en el armado de los trabajos externos. La entrega de los externos se computa al grupo y no llevan nota. Se realiza una devolución en clase de los trabajos realizados, donde se dan las consultas y opiniones de todos los estudiantes
EVALUACIONES.
Para la evaluación (visión del docente en cuanto al proceso de aprendizaje del alumno) se tomará en cuenta la actividad en general de cada estudiante: actuación escrita en los trabajos domiciliarios, la actuación en las pruebas internas, la actuación oral, su participación en clase, grado de interés y colaboración.
A medida que se van dando los diversos temas se efectuarán evaluaciones, orales y escritas, entre las que se cuentan las tres pruebas internas.
Se realizarán tres pruebas internas, individuales y presenciales, obligatorias, que tienen una duración máxima de tres horas. Una vez corregida la prueba y evaluada por el equipo docente en su totalidad, se resuelve el caso en clase, se les explica los errores cometidos y se les hace entrega a todos estudiantes de sus trabajos para que puedan hacer preguntas sobre las correcciones, siempre antes del siguiente parcial. Se deben efectuar las tres pruebas obligatoriamente, No pueden quedar estudiantes sin realizar un parcial y aprobar el curso.
HORARIO Y DIA PARA ENTREGA DE NOTAS FINALES Y TRABAJOS
Las notas finales y trabajos se entregan el jueves 5 de diciembre a las 17.30 en Edificio Central frente a Sala de Profesores. Quien no pueda concurrir designar a un compañero para que se lleve los trabajos. Gracias
ESTOS EXTERNOS SON PARA ENTREGAR EN CARPETAS EL DÍA MARTES 27. REALIZAR EN PROTOCOLO.
ESTOS EXTERNOS SON PARA PRESENTAR EL DÍA MARTES 20 EN CARPETAS. PRESENTAR POR GRUPOS Y PONER AFUERA LOS INTEGRANTES. TODOS LOS ALUMNOS DEBEN ENTREGAR EL TRABAJO PARA COMPUTAR.
El acto del matrimonio, en tanto que sirve como base a la familia legítima produce no solo efectos personales sino tambien efectos PATRIMONIALES.
Los efectos personales integran el derecho de familia y sus normas suelen ser de orden publico. Por el contrario, los efectos patrimoniales son regulados mayoritariamente por normas de derecho privado, por lo que en principio pueden ser dejadas de lado por la voluntad de los contrayentes.
Entonces, el régimen patrimonial del matrimonio o régimen matrimonial según Ema Carozzi se puede definir como el conjunto de nrs. jurídicas de derecho privado que tienen por objeto regular los intereses pecuniarios de los esposos en sus relaciones entre sí y frente a los terceros.-
1) Las nrs. que regulan las relaciones internas entre los cónyuges determinan la naturaleza propia o ganancial de los bienes adquiridos durante el matrimonio, el carácter personal o social de las deudas que c/u de los esposos contrae durante la vigencia de la soc. conyugal, así como las facultades de c/u de ellos en la administración de los bienes.
2) Las nrs. Que regulan las relaciones con los terceros hacen referencia a las facultades que tendrán los acreedores de los cónyuges para satisfacer sus créditos con los biens adquiridos por uno u otro, etc.
Todas las nrs que componen un régimen matrimonial deben constituir una unidad caracterizada por la coherencia.
Y Carozzi distingue dentro del régimen matrimonial las nrs, que regulan la estructura del sistema, y nos dan una visión estática del régimen matrimonial como por ej las que determinan si un bien es ganancial o propio, o si una deuda es social o personal. Estas nrs. no han sido modificadas ni por la ley 10.783, ni por la 16.603, por lo que las normas del primitivo C.Civil continúan vigentes.
De las nrs. que organizan el funcionamiento o la dinámica del régimen determinando qué facultades tienen los esposos sobre las diversas masas de bienes y qué responsabilidades asumen según el tipo de deuda que se trate. Estas son las nrs. del reg. matrimonmial legal que fueron modificadas por la ley 10.783. Conforme al régimen del C.Civil de 1868 existía un único administrador y responsable de la soc. conyugal: el marido. A partir de la ley 10.783 como consecuencia del plano de igualdad en que se coloca a la mujer casada, existen 2 administradores con idénticas facultades y 2 responsables.
Es clásico en nuestro país denominar al régimen matrimonial como “sociedad conyugal” pero esta expresión se utiliza en forma no técnica, porque no se alude a un tipo de sociedad civil ni comercial. Arturo Valencia Zea dice que la expresión se usa en forma figurada aludiendo que el matrimonio crea entre los cónyuges 2 sociedades: una de personas y otra de bienes.
Estos externos son para entregar el día miércoles.
Mandamos externos que ya fueron subidos también al mail.
Subo escritura de donación de "Villa Dolores" que nos facilitó la alumna Lucía Pérez. Después la comentamos.
Este externo es para entregar el jueves 24. Después se les va a mandar otra letra.
Este externo es para entregar el lunes 28 de octubre.
les subo una escritura de desafectación de bien familia
saludos!
estimados les subo documentación de testamento cerrado
formulario del Libro de Rubbo y consultas AEU
Estimados envío artículos de CGP aplicables a la apertura del testamento cerrado.
sds
Hola, mandamos 2 letras de testamento para entregar el lunes 4 de noviembre en carpetas. Hacer en protocolo completo.
Subo este externo para hacer en la clase de repaso el día jueves 14. No se entrega. Llevar en pendrive.